El tercer decreto supremo de la presidencia de Rodrigo Paz reorganiza el Órgano Ejecutivo. Modifica el decreto 4857 del 6 de enero de 2023, reduciendo los ministerios de 17 a 15, realizando fusiones, cambiando el denominativo de dos y creando uno nuevo, para mejorar la eficiencia, coordinación, transparencia y “racionalidad funcional”.
“Que en el marco
del nuevo contexto del Estado Plurinacional de Bolivia, orientado a mejorar la
eficacia administrativa, la coordinación interinstitucional y la racionalidad funcional,
fortaleciendo las capacidades de planificación, gestión y ejecución de
políticas públicas de alto impacto que promuevan la transparencia y brinden
seguridad al pueblo boliviano, resulta necesario ajustar el Decreto Supremo N°
4857”, señala la parte considerativa del decreto 5488.
La nueva estructura del gabinete, aprobada por el Presidente el 16 de
noviembre, consta de los siguientes 15 ministerios:
1)
Ministerio de Relaciones Exteriores.
2)
Ministerio de
la Presidencia.
3)
Ministerio de Gobierno.
4)
Ministerio de Defensa.
5)
Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente.
6)
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
7)
Ministerio de Hidrocarburos y Energías.
8)
Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua.
9)
Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
10)
Ministerio de Minería y Metalurgia.
11) Ministerio de Justicia y
Transparencia Institucional.
12) Ministerio de Trabajo, Empleo y
Previsión Social.
13) Ministerio de Salud y Deportes.
14) Ministerio de Educación.
15)
Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía.
Desaparecen
los ministerios de Medio Ambiente y Agua, y de Desarrollo Rural y Tierras, los
cuales son absorbidos por los ministerios de Planificación del Desarrollo y
Medio Ambiente, y de Desarrollo Productivo, Rural y Agua, que son precisamente
los que cambian sus nombres de Ministerio de Planificación del Desarrollo y
Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
Asimismo, el decreto supremo 5488 dispone
también la creación del Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y
Gastronomía, que
reemplaza al Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización,
dentro del cual se encontraba el Viceministerio de Turismo.
“A
partir de la vigencia del presente Decreto Supremo y en un plazo de hasta
treinta (30) días calendario, los ministerios deberán iniciar el proceso de
adecuación y emitir la Resolución Ministerial que apruebe su estructura
organizacional, cuando corresponda, de conformidad a la presente norma”, señala
la disposición transitoria segunda de la nueva normativa. // Fuente: ABI / DC

