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Personas con discapacidad que se cambien de domicilio deben registrar su nueva dirección entre abril y junio

  • 2024-03-27
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Foto: ABI

El Ministerio de Trabajo informó que las personas con discapacidad que se trasladaron de domicilio o que lo harán en los próximos días deberán registrar su nueva dirección, desde el 1 de abril hasta el 30 de junio, en oficinas de alcaldías y Gaioc donde actualmente residen.

“Las personas con discapacidad deberán apersonarse a los Gobiernos Autónomos Municipales (GAM) o a los Gobiernos Autónomos Indígena Originario Campesino (Gaioc), del lugar actual donde residen para proceder al llenado del formulario de cambio de entidad de cobro que tiene calidad de declaración jurada”, señala el comunicado emitido por la Dirección General de Trabajo Higiene y Seguridad Ocupacional.

El director General de Trabajo, Yecid Mollinedo, explicó que este formulario se encuentra habilitado en la Plataforma “Eustaquio Moto Méndez”, además, el cambio de municipio o Gobierno Autónomo Indígena Originario Campesino solamente puede hacerse una vez en la gestión.

Las personas con discapacidad que registren su cambio de domicilio podrán cobrar su bono, a partir de 2025, en el nuevo lugar de residencia.// Fuente: ABI