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Procurador afirma que en los casos Bedregal y Prosegur se logró reducir a la mitad indemnizaciones

  • 2023-01-29
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Foto: Redes Sociales BTV

El procurador General del Estado (PGE), Wilfredo Chávez, afirmó este domingo que en los casos Juan Carlos Flores Bedregal y Prosegur, que llegaron a su conclusión en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), se logró reducir a la mitad las indemnizaciones que sus impulsores pretendían a un inicio.

“El monto que la Corte ha indemnizado a las víctimas es mucho más inferior a lo que pretendían (…) casi la mitad de lo que ellos planteaban en la negociación amistosa es lo que han recibido”, afirmó Chávez en declaraciones al programa Las 7 en el 7 de Bolivia TV.

De acuerdo con Chávez, las negociaciones se realizan en todos los casos que enfrenta el Estado en la Corte IDH y se lo hace con carácter de confidencialidad para proteger a las víctimas.

Similares tratativas se llevaron en los tres casos de los cuales se conoció su dictamen en las últimas dos semanas.

En el caso Juan Carlos Flores Bedregal, víctima de desaparición forzada en la dictadura de Luis García Meza, la Corte IDH determinó el pago de una indemnización pecuniaria a favor de la familia del otrora dirigente del Partido Obrero.

La sentencia también obliga al Estado a realizar las investigaciones para esclarecer las circunstancias de la desaparición forzada de Flores Bedregal, así como de su paradero; brindar tratamiento médico y psicológico a las hermanas Flores Bedregal; y publicar el resumen oficial de la Sentencia en un medio de comunicación nacional y en el diario oficial, y la integridad de la Sentencia en tres sitios web oficiales.

Además, se debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional. Las medidas de no repetición determinan adoptar las medidas correspondientes para fortalecer el marco normativo de acceso a la información en casos de presuntas violaciones de derechos humanos, y levantar la reserva de cualquier documentación relacionada con la desaparición de la víctima.

Según los datos, el 17 de julio de 1980, “en el marco de un golpe de Estado en Bolivia liderado por el general Luis García Meza Tejada, fuerzas militares y paramilitares atacaron y ocuparon el edificio de la Central Obrera Boliviana (COB)”, donde se encontraba Flores Bedregal.

“Los presentes fueron obligados a bajar las escaleras y a salir del lugar con las manos hacia arriba, entre ellos el señor Flores Bedregal, quien fue alcanzado por una ráfaga de disparos”, y desde entonces no se conoce su paradero, establece la sentencia.

La Corte IDH valoró que “tras la reinstauración de la democracia en Bolivia en 1982”, se pudo investigar los delitos cometidos por el gobierno de facto, “lo cual culminó con una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de 15 de abril de 1993” en contra de García Meza y sus cómplices.

La Corte, además, consideró que el Estado “no es responsable de la violación del derecho de asociación y derechos políticos” reconocidos en los artículos 16 y 23 de la Convención Americana en perjuicio Flores Bedregal, da cuenta el boletín institucional.

En tanto, en el caso Prosegur, sucedido durante el gobierno de Jorge Tuto Quiroga (2001-2002), la Corte IDH estableció la responsabilidad del Estado por violaciones de derechos humanos de 26 personas.

La Corte IDH narra en la sentencia que los allanamientos se practicaron en al menos ocho inmuebles y que en una de esas intervenciones, “los policías golpearon a las mujeres en sus partes íntimas y amenazaron a hijos e hijas frente a sus parientes para forzar a éstos últimos a confesar”.

El fallo del caso catalogado como “Valencia Campos y otros Vs. Bolivia” por la Corte-IDH determinó una indemnización compensatoria a cada una de las víctimas, inferior a reparaciones económicas fijadas en casos similares sometidos ante la Corte IDH, tales como el caso Bueno Alves contra Argentina y Cantoral Benavides Vs Perú, entre otros.

Chávez garantizó el cumplimiento de ambos dictámenes, como también en el caso de Brisa Liliana de Angulo Losada.

Este caso se refiere a la alegada responsabilidad del Estado por la violación de su deber de garantizar, sin discriminación por motivos de género y edad, el derecho de acceso a la justicia frente a la violencia sexual presuntamente sufrida por Angulo Losada, adolescente de 16 años a la época de los hechos, por parte de su primo de 26 años.

El procurador señaló que en este caso la afectada renunció a una indemnización. Dijo que la Corte ordenó que se siga con el juzgamiento del responsable de la agresión sexual hasta su sanción y que se haga un reconocimiento a la afectada.

“El Estado va a cumplir, ya nos hemos comunicado con el Ministerio de Justicia”, apuntó. //ABI