La producción y difusión de material de abuso sexual infantil será penada con la privación de libertad de 10 a 15 años, según el proyecto de Ley para la Protección de la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales que fue aprobado en la víspera en la Cámara de Diputados.
El proyecto de ley busca
prevenir, sancionar y erradicar delitos sexuales cometidos contra menores de
edad a través de plataformas digitales, redes sociales y otros medios
electrónicos.
Entre los delitos
tipificados se encuentran el "grooming", la producción y difusión de
material de abuso sexual infantil, así como el contacto indebido con fines
sexuales hacia niñas, niños y adolescentes, según un reporte de prensa de la
Cámara de Diputados.
El proyecto establece una
sanción de 10 a 15 años de privación de libertad para quienes distribuyan,
vendan, arrienden, intercambien o comercialicen contenido digital que
represente las partes íntimas de menores de edad o exhiba corporalidades con
fines sexuales o económicos.
Asimismo, dispone de 4 a
8 años de cárcel para las personas que contacten a menores de edad mediante
medios electrónicos con fines sexuales o eróticos, a través del envío de
mensajes, imágenes, videos u otros contenidos de carácter inapropiado.
Antes de su aprobación,
el proyecto fue socializado con diputados y periodistas, con el fin de recoger
sugerencias, aclarar dudas técnicas y generar un debate informado sobre el
alcance de la norma y su impacto en la protección de la niñez y la
adolescencia.
La propuesta fue aprobada
previamente por la Comisión de Derechos Humanos, que coordinó también con un
equipo técnico de la Fiscalía General del Estado, que explicó los alcances y
beneficios de la iniciativa.
Con esta aprobación, la
Cámara de Diputados avanza en la consolidación de un marco legal más sólido
frente a las amenazas que enfrentan niñas, niños y adolescentes en el entorno
digital, señala el reporte institucional. // Fuente: ABI