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¿Fuiste designado jurado electoral? Revisa las causales y documentos para presentar tu excusa

  • 2026-02-25
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Foto: Referencial

Las ciudadanas y ciudadanos designados como jurados electorales pueden presentar su excusa dentro de los plazos establecidos por el calendario electoral, siempre y cuando acrediten alguna de las causales previstas por la normativa vigente. Para ello, es indispensable adjuntar la documentación de respaldo correspondiente.


En caso de enfermedad , se debe presentar certificado o baja médica emitida por el seguro de salud, certificado en formulario autorizado por el Ministerio de Salud para trabajadores independientes o, en el área rural, certificación extendida por profesionales de centros de salud. Para el estado de gravidez, se acepta certificado médico o fotocopia simple del certificado de atención prenatal.


Por fuerza mayor, como desastres naturales, se podrá adjuntar fotocopia simple de publicaciones de prensa o certificaciones emitidas por autoridad pública. En situaciones de caso fortuito, se requiere certificado médico en caso de accidente; fotocopias de pasajes si se demuestra viaje fuera del país o del departamento el día de la elección; o certificado de cambio de destino laboral emitido por la autoridad competente.


También pueden excusarse quienes sean dirigentes de organizaciones políticas o candidatas y candidatos, presentando certificación emitida por el Tribunal Supremo Electoral o el Tribunal Electoral Departamental, además de la documentación que acredite su registro. Asimismo, las personas que deban prestar servicios públicos o privados indispensables el día de la votación —como personal médico de emergencia, medios de comunicación, Policía o Fuerzas Armadas— deberán presentar certificado laboral que consigne expresamente su obligación de trabajar esa jornada.


Finalmente, están habilitados para excusarse quienes sean mayores de 60 años, adjuntando fotocopia simple de su cédula de identidad, y quienes tengan bajo su dependencia a personas con enfermedades incapacitantes o discapacidad, debiendo presentar documentación que acredite tanto la condición médica como el vínculo con el jurado que formula la solicitud. Todas las excusas deben ser respaldadas con documentos originales o fotocopias simples, según corresponda, y presentadas dentro del plazo establecido.


¿Hasta cuándo puedo presentar mi excusa?

La presentación de excusas solo se puede hacer hasta el 1 de marzo de este año.


También se puede hacerlo de manera digital ingresando a la plataforma ciudadana mediante el siguiente enlace: https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo/auth/signin.



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