La norma, que consta de tres artículos y una disposición única, fue remitida al Senado para el respectivo tratamiento, sin embargo, hasta hoy Rodríguez, quien es candidato presidencial, no viabilizó su tratamiento.
El ministro de Justicia, César Siles, exhortó al candidato y presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, convocar a sesión para aprobar la ley de resguardo del principio de preclusión, para garantizar las elecciones generales ante acciones ante la justicia contra organizaciones políticas.
“Exhortamos
a la Cámara de Senadores pronunciarse ahora. No nos cuesta nada convocar a una
sesión de Cámara de Senadores y aprobar este proyecto, para garantizar y
blindar las elecciones generales del 17 de agosto”, insistió Siles en Bolivia
Tv.
El 15 de
mayo, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley 428/2024-2025 “de
modificación a las leyes N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, de 16 de
junio de 2010, y N° 026 del Régimen Electoral, de 30 de junio de 2010”, cuyo
objetivo es garantizar el principio de preclusión para los procesos
electorales.
La norma,
que consta de tres artículos y una disposición única, fue remitida al Senado
para el respectivo tratamiento, sin embargo, hasta hoy Rodríguez, quien es
candidato presidencial, no viabilizó su tratamiento.
“Están
haciendo campañas por Samuel y Tuto y no han asegurado la elección de los
bolivianos. Es lamentable que parlamentarios estén priorizando una campaña y no
cumpliendo con su trabajo”, observó la diputada opositora Alejandra Camargo en
alusión a la dejadez de sus funciones de legisladores opositores.
Al menos 10
acciones constitucionales fueron presentadas contra el Órgano Electoral, lo que
amenaza el normal desarrollo de las elecciones.
Por otro
lado, Siles exhortó a las autoridades judiciales a “no convertirse en
mercenarios de la justicia, al contrario, garanticen también ustedes, pongan su
granito de arena, para que se realicen las elecciones generales el 17 de agosto
y hagan lo correcto en el marco del Estado Constitucional de Derecho”. //
Fuente: ABI