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Decreto 5533 elimina el IVA a la importación de gasolina, diésel y petróleo crudo

  • 2026-01-31
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Foto: Referencial

El Gobierno nacional promulgó el Decreto Supremo N° 5533, que reglamenta la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la importación de aceite crudo de petróleo, gasolina para vehículos automóviles y diésel oíl, conforme a lo establecido en el Presupuesto General del Estado (PGE) de las gestiones 2025 y 2026.


La norma, firmada por el presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Rodrigo Paz Pereira, da cumplimiento al Artículo 9 de la Ley N° 1613, incorporado por la Disposición Adicional Tercera de la Ley N° 1705, que reconoce este beneficio tributario para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas.


El decreto precisa que la exención del IVA se aplicará a la importación de los citados hidrocarburos, siempre que estos correspondan a las subpartidas arancelarias detalladas en el anexo que forma parte del propio decreto supremo.


De acuerdo con el contenido de la norma, la exención tributaria se sustenta en el marco legal vigente, que establece que únicamente la ley puede otorgar o suprimir beneficios fiscales, y que la exención constituye una dispensa expresa de la obligación tributaria.


Finalmente, el Decreto Supremo N° 5533 encarga al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la ejecución y cumplimiento de la medida, la cual ya se encuentra en vigencia tras su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. // BTV