El vocal del TSE Gustavo Ávila recordó que los ciudadanos que no pudieron votar pueden tramitar la justificación de inasistencia, con un plazo de 30 días posteriores a la elección.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aclaró que, a partir de hoy, las instituciones públicas y privadas deberán solicitar el certificado de sufragio correspondiente al proceso electoral del 19 de octubre, dejando sin efecto el documento emitido en los comicios del 17 de agosto.
“Hasta el
día de ayer (sábado) se solicitaba el certificado de sufragio del 17 de agosto
y a partir de mañana (lunes) se exigirá el del proceso electoral de hoy (ayer).
No es necesario que los ciudadanos presenten los dos certificados”, precisó el
vocal del TSE Gustavo Ávila, en entrevista con Bolivia TV.
La autoridad
recordó que los ciudadanos que no pudieron votar pueden tramitar la
justificación de inasistencia, con un plazo de 30 días posteriores a la
elección, conforme al calendario electoral establecido por TSE.
El
certificado de sufragio es un documento obligatorio que acredita la
participación ciudadana en los comicios y su presentación es requisito para
acceder a trámites bancarios, solicitud de pasaporte y postular a un cargo
público en las entidades del Estado.
EXCEPCIONES
El vocal del
TSE Tahuichi Tahuichi informó que los bancos no exigirán el certificado de
sufragio a aquellos jóvenes que no votaron debido a que no se empadronaron
porque cumplieron 18 años entre el 17 de agosto y este 19 de octubre.
“Vamos a
emitir, como Órgano Electoral, una resolución dirigida a la ASFI (Autoridad de
Supervisión del Sistema Financiero) para que el sistema bancario no exija a
esos jóvenes el certificado de sufragio”, indicó.
Explicó que
con solo presentar su cédula de identidad ante el Tribunal Supremo Electoral
(TSE) los jóvenes podrán acceder a un certificado de impedimento si es que así
lo requieren para sus transacciones y trámites. // Fuente: AHORA EL
PUEBLO