El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN)
recordó este jueves que la multa por incumplir el pago del Impuesto a las
Grandes Fortunas (IGF) es equivalente al 200% del tributo omitido y que el
primer plazo para cumplir esta obligación fiscal fenece el viernes.
Mediante un reporte, la entidad explicó que
las personas naturales, residentes en el país, con una fortuna neta acumulada
situada o colocada en el territorio nacional o en el exterior mayor que Bs 30
millones, tienen plazo hasta el viernes 31 de marzo para declarar y pagar el
IGF.
Según el Artículo 15 de la Ley 1357 del IGF
la multa por incumplir el pago de este impuesto es equivalente al 200% del
tributo omitido.
Además, en ejecución tributaria, perderán
el carácter reservado de la información, pudiendo la Administración Tributaria
requerir el pago de la deuda tributaria, mediante publicación en un medio de
comunicación.
En este mismo sentido, las personas
nacionales o extranjeras, que no residen en el país, pero poseen en Bolivia una
fortuna neta mayor que Bs 30 millones, deben pagar este tributo hasta el último
día hábil de abril de este año.
Pago
del IGF
Para declarar y pagar el IGF se debe
ingresar en la página web www.impuestos.gob.bo, Oficina Virtual, Portal
Servicio al Contribuyente, Sistema Integrado de la Administración Tributaria
(SIAT), opción “Impuesto a las Grandes Fortunas” (IGF) y Formulario 022
“Impuesto a las Grandes Fortunas–Personas Naturales Residentes”.
Los contribuyentes radicados en Bolivia
pueden pagar el impuesto determinado en efectivo o mediante instrumentos
electrónicos habilitados por la Administración Tributaria.
Según el Artículo 9 del Decreto Supremo
(DS) 4436, cuando el IGF se pague desde el exterior, el contribuyente
determinará y abonará en dólares estadounidenses a la cuenta habilitada para el
efecto por el SIN. // ABI