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Desde este martes, propietarios podrán transformar sus tierras pequeñas en medianas

  • 2026-04-14
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Foto: Referencial

Desde este martes entró en vigencia la Ley 1720, promulgada por el Gobierno, que autoriza al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) a realizar la conversión voluntaria de pequeñas propiedades tituladas a la categoría de propiedad mediana.


La normativa establece que, una vez realizada la conversión, el INRA deberá actualizar de forma definitiva la nueva clasificación en el Catastro Rural, en el marco de un procedimiento administrativo ágil.


El presidente Rodrigo Paz señaló que esta medida busca facilitar el acceso al crédito rural, permitiendo que las propiedades puedan ser utilizadas como garantía para financiamiento productivo.


La ley dispone que el trámite será de carácter voluntario y podrá ser solicitado por el titular del derecho propietario mediante una solicitud escrita y una declaración jurada en la que exprese su decisión de acogerse a la conversión.


Asimismo, se establece que este procedimiento tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles y no implicará costos para los beneficiarios, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la reglamentación.


La medida se aplicará a nivel nacional a todas las pequeñas propiedades tituladas por el INRA que cumplan con las condiciones para su reconversión.


Con esta disposición, el Gobierno busca dinamizar el sector productivo rural, promoviendo mayores oportunidades de financiamiento para pequeños propietarios.