Ahora, con este “blindaje”, enfatizó Siles, ningún recurso podrá interferir en las próximas justas electorales.
Ante el blindaje de los órganos Judicial y Electoral a las elecciones generales de agosto, el ministro de Justicia, César Siles, afirmó que ahora “no hay forma legal de parar” los próximos comicios en el país. En caso de que un juez admita un recurso, será revocado, por la instructiva que emitió el TSJ.
El ministro
reiteró su satisfacción por el pronunciamiento de los magistrados del Tribunal
Constitucional Plurinacional (TCP) y, en especial, por la Instructiva
07/2025, que emitió la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con
lo que se garantiza un “blindaje total” para que las elecciones generales se
celebren el 17 de agosto, fecha comprometida por los órganos del Estado, además
de las principales fuerzas políticas del país.
Ahora, con
este “blindaje”, enfatizó Siles, ningún recurso podrá interferir en las
próximas justas electorales.
“No hay
forma legal, ni en el TSJ ni en el TCP, de que se puedan paralizar las
elecciones por estas vías. La ciudadanía que esté tranquila, el 17 de agosto se
van a realizar las elecciones”, aseveró en Bolivia TV.
En Bolivia
se generó una incertidumbre ante el conocimiento de que existen al menos seis
acciones o recursos de inconstitucionalidad, tres en curso, interpuestos por
varias personas, entre legisladores, exmagistrados y otros ante el TCP, en
contra de la convocatoria de las elecciones generales de agosto.
“Sin duda
hay intereses oscuros, políticos de querer frenar el proceso eleccionario, pero
no es de parte del Gobierno, no es de parte del TCP, del TSJ, y eso debe quedar
claro”, recalcó el ministro.
ACCIONES
LEGALES
Ante ello,
la Sala Plena del TSJ emitió un instructivo denominado Compromiso con la
Democracia, para que jueces y vocales eviten “entrometerse” en el calendario
electoral. Caso contrario, en el comunicado se establecen “acciones legales
contra aquellas autoridades que, mediante sus resoluciones, intenten
desestabilizar el orden constitucional establecido”.
“Los
intereses individuales y personales no pueden conculcar derechos colectivos y
desencadenar en un posible caos civil, exponiendo a la sociedad a debilitar el
sistema democrático recuperado por el pueblo a costa de sangre en las calles”,
enfatizó Romer Saucedo, presidente del TSJ.
COMPETENCIA
PARA REVOCAR
Siles
calificó el instructivo como una “acción patriótica” asumida por el TSJ dentro
de las competencias que le confiere la Ley del Órgano Judicial, que fortalece a
las elecciones generales.
Explicó
que, al ser el Tribunal Supremo de Justicia la máxima instancia del Órgano
Judicial, y al depender las salas constitucionales de esta instancia, pueden
revocar a un juez en caso de que admita algún recurso contra los comicios de
agosto.
“Si un juez
se anima a dar curso a una medida cautelar o se anima a dar curso a alguna
acción constitucional, de amparo o lo que corresponda, va a ser revocado
inmediatamente por el TSJ y el TCP”, reiteró.
Siles
expuso que los recursos admitidos respecto a la paridad en binomios y la
inclusión de pueblos indígenas en las elecciones seguirán su curso y tendrán la
resolución que corresponda, sin afectar el calendario electoral y la
convocatoria que ya está vigente.
Para el
vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Gustavo Ávila, con la instructiva
del TSJ, más el pronunciamiento del TCP, se respeta el principio de preclusión,
considerando que ya se ejecuta el calendario electoral.
“Ahora,
ninguna acción constitucional va a poder frenar ni poner en riesgo el proceso
electoral”, sostuvo Ávila en Red UNO.
Las tres
acciones constitucionales referidas a la paridad y a los pueblos indígenas
seguirán su curso
El ministro
de Justicia, César Siles, indicó que las tres acciones constitucionales
presentadas ante el TCP, sobre paridad y alternancia en binomios e inclusión de
pueblos indígenas en las elecciones generales, seguirán su curso procedimental.
“Si alguno
es admitido o rechazado u observado, aunque todavía no se llegó a esta etapa,
lo que sucederá luego es que se traslade a la instancia u órgano emisor de la
norma; en este caso es la Asamblea Legislativa, que es la instancia competente
para modificar una ley”, expuso Siles en Bolivia TV.
Los tres
recursos tienen la intención de modificar disposiciones específicas, entre
estas los artículos 5 —de participación de pueblos indígenas en elecciones
subnacionales— y 28 —de paridad y alternancia de género en entes legislativos o
deliberativos— establecidos en la Ley 1096 de Organizaciones Políticas.
El ministro
indicó que la carga procesal que tiene el TCP y los plazos establecidos en el
Código Procesal Constitucional “impedirán que dichas sentencias sean emitidas
antes de las elecciones del 17 de agosto”.
La
autoridad señaló que mientras esto no suceda, la Ley 1096 y sus disposiciones
rigen para las elecciones generales de agosto.
“Ahora, si
queremos modificar o ampliar la norma, va a regir para la próxima elección
general”, subrayó. // Fuente: AHORA EL PUEBLO