Los ciudadanos que no logren revertir su inhabilitación del padrón electoral no podrán votar en las elecciones del 17 de agosto y, en consecuencia, estarán impedidos de realizar trámites en entidades financieras, postular a cargos públicos y solicitar pasaporte por 90 días después del día de la votación.
Por ello, el presidente
del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija, Marco Aguirre, convocó a
los 29.016 ciudadanos que figuran como inhabilitados en el Padrón Electoral
Biométrico en esa región a regularizar su situación antes del viernes 4 de
julio, fecha límite establecida por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP).
A escala nacional fueron
inhabilitados 409.627 ciudadanos: 396.958 por no sufragar en dos elecciones
continuas o no cumplir las labores de jurado, y 12.673 ciudadanos por causales
técnicas
“La inhabilitación no
solo impide participar en las elecciones, sino que puede generar limitaciones
adicionales, como la imposibilidad de realizar trámites ante entidades
financieras, postular a cargos públicos o solicitar pasaporte”, explicó Aguirre
en conferencia de prensa.
La directora del Serecí
Tarija, Jaczmín López, detalló que la principal causa de inhabilitación
corresponde a ciudadanos que no emitieron su voto en procesos electorales
anteriores, con 26.864 casos registrados.
Le siguen 1.421 personas
que incumplieron su designación como jurado electoral, además de otras causales
menores como errores de datos personales, registros con documentación inválida,
o posibles casos de doble identidad.
El artículo 154 de la Ley
del Régimen Electoral establece que el certificado de sufragio es el único
documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto.
Sin el certificado de
sufragio o el comprobante de haber pagado la multa, las electoras y los
electores, dentro de los 90 días siguientes a la elección, no podrán acceder a
cargos públicos; efectuar trámites bancarios; y obtener pasaporte.
Están eximidas y eximidos
de esta exigencia las personas que no pudieron votar por caso fortuito o fuerza
mayor comprobada documentalmente; las personas mayores de 70 años; y las
personas que acrediten haber estado ausentes del territorio nacional al momento
de la votación.
Las electoras y los
electores que no hubieran podido sufragar por causa justificada dentro de los
30 días siguientes al día de la votación, podrán tramitar el Certificado de
Exención ante los Tribunales Electorales Departamentales, acompañando prueba
documental pertinente.
Esta es la última
oportunidad que tiene la ciudadanía para regularizar su situación electoral.
Una vez vencido el plazo del 4 de julio, la lista de inhabilitados será
consolidada y utilizada en la organización definitiva del proceso electoral,
incluyendo el sorteo de jurados y la asignación de mesas de votación.
El vicepresidente del TED
Tarija, Oscar Gutiérrez, informó que las y los ciudadanos inhabilitados cuentan
con dos modalidades para gestionar su habilitación: de forma presencial,
acudiendo con cédula de identidad vigente a las oficinas del TED o del Serecí
en de Tarija, Yacuiba, Bermejo y Villa Montes.
Además, de forma virtual,
a través del portal web del OEP, mediante el Formulario de Reclamos de
Ciudadanas y Ciudadanos Inhabilitados y no Habilitados en el Padrón Electoral
2025, accesible desde cualquier dispositivo con conexión a internet. // Fuente:
ABI