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¿Tienes deudas con impuestos? Así te puede beneficiar la ley de alivio tributario

  • 2026-04-24
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Foto: Referencial

La Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley N° 246/2024-2025, que establece un régimen extraordinario de alivio tributario. La iniciativa, presentada por el ministro de Economía José Gabriel Espinoza, busca cerrar un ciclo de deudas fiscales acumuladas y facilitar el cumplimiento de los contribuyentes, sin crear nuevos impuestos ni incrementar los existentes.  


Tras esta aprobación, el proyecto será remitido a la Cámara de Senadores, donde será revisado y analizado antes de su eventual sanción.  


Condonación de deudas antiguas

Las obligaciones tributarias menores a Bs 10 millones, generadas hasta el 31 de diciembre de 2017, quedarán perdonadas. Esto implica la eliminación de multas, intereses y sanciones acumuladas, con la finalidad de limpiar el registro de deudas consideradas de difícil recuperación.  


Regularización de deudas posteriores a 2018  

Los ciudadanos que tengan deudas tributarias a partir de 2018 podrán acogerse a un plan de regularización. Este mecanismo exige el pago del tributo omitido actualizado, pero sin intereses ni sanciones, y otorga un plazo de hasta 120 días para acceder al beneficio y pagos hasta dos años.  


Apoyo a pequeños emprendedores

Los pequeños emprendedores que tengan ingresos anuales menores a Bs 400.000 podrán acogerse al Sistema Integrado Especial de Transición del Régimen General (SIETE-RG). Este mecanismo simplifica la carga administrativa al unificar en un solo pago bimensual del 5% sobre las ventas, los tributos correspondientes al IVA, IUE e IT, fomentando la formalización.


IVA Transparente

Se incorpora también el “IVA transparente”, que fija el cálculo en un 13% real sobre el precio neto y exige su desglose en las facturas, brindando mayor claridad a consumidores y contribuyentes.


De esta manera, este proyecto busca la modificación del Código Tributario, con la propuesta de reducir los plazos de prescripción de ocho a cuatro años y limita la ejecución tributaria a un máximo de dos años. // BTV