La Presidencia de la Cámara de Senadores determinó este miércoles remitir a la Comisión de Constitución el proyecto de ley sobre funcionamiento y financiamiento del Sistema de Transmisión y Publicación de los Resultados Electorales Preliminares que sería aplicado en las elecciones generales del 17 de agosto.
El proyecto de Ley
414/2024-2025 fue aprobado por la Cámara de Diputados el 20 de marzo y es parte
de las normas acordadas para su sanción y promulgación en el Tercer Encuentro
Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia, realizado por el
Tribunal Supremo Electoral (TSE) el 17 de febrero.
La iniciativa fue
remitida al Legislativo por el ente electoral, sin embargo, fue ajustada en la
Comisión de Constitución.
En una misma ley de
modificación de la Ley 026 del Régimen Electoral fueron incorporados los
proyectos de Transmisión y Publicación de Resultados Preliminares, el referido
a la transferencia de recursos que se asigna a las organizaciones políticas a
garantizar el sistema de resultados preliminares y la autorización de
contrataciones directas del TSE para las elecciones generales de agosto.
Compuesto por dos
artículos y tres disposiciones transitorias, el nuevo proyecto de ley
414/2024-2025 refiere que, “en todo proceso electoral, referendo de revocatoria
de mandato, se implementará un sistema de transmisión y publicación de
resultados electorales preliminares, con acompañamiento de las organizaciones
políticas en todas sus fases, que permita proveer en el menor tiempo posible a
la ciudadanía candidaturas, organizaciones políticas y otras la información de
resultados electorales provisorios y no vinculantes previo al cómputo oficial y
definitivo”.
Se enfatiza que “la
transmisión de estos resultados y su publicación tendrán un carácter preliminar,
con la única función de informar sobre los resultados parciales de la votación
bajo los principios de seguridad, publicidad, transparencia, confiabilidad,
credibilidad y certidumbre”.
Una vez concluido el
escrutinio electoral, a través de formatos y la aplicación de procedimientos
técnicos transparentes y seguros de capturas y digitalización establecidas
previamente por el Tribunal Supremo Electoral, se realizará la transmisión de
resultados preliminares de las distintas mesas escrutadas a un centro de datos
del Órgano Electoral Plurinacional.
En la jornada electoral,
a partir de las tres horas del cierre de la votación, el Tribunal Supremo
Electoral realizará las publicaciones de los resultados preliminares de los
escrutinios debiendo realizarlo de manera periódica y continua.
Una vez puesta en
vigencia la ley, el TSE tendrá un plazo de 60 días calendario para reglamentar
la aplicación del sistema.
Según los compromisos
asumidos en el encuentro de febrero, la norma debe entrar en vigor antes de la
emisión de la convocatoria a las elecciones, que está prevista para la primera
semana de abril. // Fuente: ABI