El Gobierno, a través del Decreto Supremo N° 5599, estableció ajustes a los incentivos en el sector hidrocarburífero, en el marco de la política estatal vigente. La norma, firmada por el presidente Rodrigo Paz Pereira, tiene como objetivo principal incorporar modificaciones al Decreto Supremo N° 2830 para adecuar los incentivos a las nuevas condiciones del mercado interno.
El decreto se sustenta en la Constitución Política del Estado, que define a las actividades hidrocarburíferas como de necesidad estatal y utilidad pública, y ratifica el rol de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) como brazo operativo del Estado en toda la cadena productiva. Además, reafirma que las empresas que operan en este sector deben someterse a la soberanía y normativa boliviana.
La medida responde a la estabilización de los precios de los productos derivados del petróleo en el mercado interno, establecida previamente en el Decreto Supremo N° 5516. A partir de ello, se fija un nuevo parámetro: cuando el precio del Petróleo Crudo supere los 27,11 dólares por barril, se deberán ajustar los incentivos aplicados a la producción.
En ese marco, el Decreto Supremo N° 5599 incorpora nuevos parágrafos en los artículos 3, 4, 5 y 6 del Decreto Supremo N° 2830. Estos establecen de forma expresa que los incentivos económicos serán modificados si el precio del crudo en el mercado interno supera el umbral definido, garantizando así una adecuación automática a las condiciones del mercado.
Finalmente, la norma dispone que el Ministerio de Hidrocarburos y Energías será el encargado de ajustar estos incentivos mediante Resolución Ministerial, asegurando su aplicación. Con esta medida, el Gobierno busca alinear los incentivos con la sostenibilidad fiscal, la seguridad energética y el abastecimiento del mercado interno. // BTV

