El mandato dispone que, por el lapso de seis meses, la banca no cobrará préstamos, ni rematará bienes y no compromete la estabilidad del sistema financiero.?
Tras la sanción de la ley que suspende temporalmente los embargos y difiere los pagos de créditos de prestatarios de viviendas de interés social y microempresas, la Conamype calificó a la misma como un logro para el sector, porque con la norma se protegerá lo “hecho en Bolivia”.
Mediante un
comunicado, la Confederación Nacional de la Micro y Pequeña Empresa de Bolivia
(Conamype) destacó la sanción en el Senado de la norma 547 de 2024-2025 C.D.,
“ley excepcional de suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias
de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social y
diferimiento de créditos”.
Con la
sanción y la pronta promulgación de esa ley, se apoya a miles de productos
“hechos en Bolivia”, indica parte del comunicado.
La
propuesta fue aprobada el 12 de septiembre en la Cámara de Diputados y ayer fue
sancionada en el Senado y remitida al Ejecutivo para su promulgación.
Esta norma
es el resultado del esfuerzo conjunto entre el Ministerio de Economía, la
diputada Soledad Perez, la dirigencia de la Conamype, quienes junto a
productores, choferes, pequeños empresarios y otros, lograron que la norma sea
sancionada.
Para estos
sectores la aprobación de la mencionada ley es un logro y una conquista social
porque son los impulsores de la generación de empleo y que, además, elaboran
productos en Bolivia.
“Su voz, su
trabajo y su compromiso fueron fundamentales para que esta conquista sea una
realidad”, se agrega en el comunicado de Conamype.
Alcance
de la ley
La ley
establece que, por el plazo de seis meses computables a partir de la
publicación de la ley, se suspenden los embargos, remates, desapoderamientos y
ejecuciones de sentencias y otras medidas judiciales vinculadas a estos
créditos. También que cualquier actuación contraria es “nula de pleno derecho”.
La norma se
aprobó ante las dificultades que tienen las empresas pequeñas y microempresas
para cumplir con sus obligaciones crediticias a causa de fenómenos climáticos
adversos, conflictos sociales y la situación económica.
Con la ley,
se busca prevenir la pérdida de viviendas o el cierre de negocios pequeños por
deudas no pagadas. El Ministerio de Economía informó en pasados días que la ley
no afecta al sistema financiero.
El
representante de los prestatarios, Juan Mamani, destacó la medida y aclaró que
no es un “perdonazo”, sino un derecho “justo” para proteger sus viviendas y su
producción. Pidió al Defensor del Pueblo apoyar al sector mientras esperan su
promulgación.
“Son seis
meses que nos va a aliviar mucho, porque nos va permitir tener una navidad
tranquila porque estábamos a punto de perder nuestros bienes”, dijo Mamani.
Lo que establece la norma
- La Ley 547
dispone que las entidades financieras “deben diferir automáticamente los pagos
de capital, intereses, seguros, comisiones y otros cargos”, y prohíbe “el
incremento de tasas de interés, la ejecución de sanciones y penalizaciones por
mora”.
- El proyecto
aprobado también garantiza la continuidad voluntaria de los pagos. “Los
prestatarios podrán solicitar mantener el cumplimiento de sus obligaciones
mediante los mecanismos habilitados por las entidades financieras”. // Fuente: AHORA
EL PUEBLO