728 x 90

Conamype afirma que ley de diferimiento de créditos protege “lo hecho en Bolivia”

  • 2025-10-16
img
Una artesana expone sus productos. | Foto: Archivo

El mandato dispone que, por el lapso de seis meses, la banca no cobrará préstamos, ni rematará bienes y no compromete la estabilidad del sistema financiero.?

Tras la sanción de la ley que suspende temporalmente los embargos y difiere los pagos de créditos de prestatarios de viviendas de interés social y microempresas, la Conamype calificó a la misma como un logro para el sector, porque con la norma se protegerá lo “hecho en Bolivia”.

Mediante un comunicado, la Confederación Nacional de la Micro y Pequeña Empresa de Bolivia (Conamype) destacó la sanción en el Senado de la norma 547 de 2024-2025 C.D., “ley excepcional de suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social y diferimiento de créditos”.

Con la sanción y la pronta promulgación de esa ley, se apoya a miles de productos “hechos en Bolivia”, indica parte del comunicado.

La propuesta fue aprobada el 12 de septiembre en la Cámara de Diputados y ayer fue sancionada en el Senado y remitida al Ejecutivo para su promulgación.

Esta norma es el resultado del esfuerzo conjunto entre el Ministerio de Economía, la diputada Soledad Perez, la dirigencia de la Conamype, quienes junto a productores, choferes, pequeños empresarios y otros, lograron que la norma sea sancionada.

Para estos sectores la aprobación de la mencionada ley es un logro y una conquista social porque son los impulsores de la generación de empleo y que, además, elaboran productos en Bolivia.

“Su voz, su trabajo y su compromiso fueron fundamentales para que esta conquista sea una realidad”, se agrega en el comunicado de Conamype.

Alcance de la ley

La ley establece que, por el plazo de seis meses computables a partir de la publicación de la ley, se suspenden los embargos, remates, desapoderamientos y ejecuciones de sentencias y otras medidas judiciales vinculadas a estos créditos. También que cualquier actuación contraria es “nula de pleno derecho”.

La norma se aprobó ante las dificultades que tienen las empresas pequeñas y microempresas para cumplir con sus obligaciones crediticias a causa de fenómenos climáticos adversos, conflictos sociales y la situación económica.

Con la ley, se busca prevenir la pérdida de viviendas o el cierre de negocios pequeños por deudas no pagadas. El Ministerio de Economía informó en pasados días que la ley no afecta al sistema financiero.

El representante de los prestatarios, Juan Mamani, destacó la medida y aclaró que no es un “perdonazo”, sino un derecho “justo” para proteger sus viviendas y su producción. Pidió al Defensor del Pueblo apoyar al sector mientras esperan su promulgación.

“Son seis meses que nos va a aliviar mucho, porque nos va permitir tener una navidad tranquila porque estábamos a punto de perder nuestros bienes”, dijo Mamani.

Lo que establece la norma

  • La Ley 547 dispone que las entidades financieras “deben diferir automáticamente los pagos de capital, intereses, seguros, comisiones y otros cargos”, y prohíbe “el incremento de tasas de interés, la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora”.

  • El proyecto aprobado también garantiza la continuidad voluntaria de los pagos. “Los prestatarios podrán solicitar mantener el cumplimiento de sus obligaciones mediante los mecanismos habilitados por las entidades financieras”. // Fuente: AHORA EL PUEBLO