La Dirección General de Migración, en un comunicado, informó este martes la promulgación del Decreto Supremo N° 5497, norma que actualiza la Lista de Exoneración y Extensión de Visas establecida desde 2003, con el fin de facilitar el ingreso de visitantes extranjeros y fortalecer la política de apertura turística del país.
“La
Dirección General de Migración informa a la población en general la
promulgación del Decreto Supremo N° 5497 de 1 de diciembre de 2025 que modifica
la lista de exoneración y Extensión de Visas, aprobada por Decreto Supremo N°
27150 de septiembre 2003 y sus modificaciones”, se lee en el documento. La
nueva disposición modifica la clasificación de varios Estados dentro del
esquema de requisitos migratorios, según el siguiente detalle:
Países que
pasan del Grupo II al Grupo I (ya no requieren visa para ingresar a Bolivia por
turismo):
• República
de Corea
• República
de Sudáfrica
• República
de Bulgaria
• República
de Malta
• Rumania
• Emiratos
Árabes Unidos
Países que
pasan del Grupo III al Grupo I (también quedan exentos de visa para turismo):
• Estado de
Israel
• Estados
Unidos de América
Con esta
actualización, los ciudadanos de los países mencionados ya no necesitan visado
consular ni autorización de ingreso para arribar al territorio boliviano con
fines turísticos. La Dirección General de Migración exhorta a la población y a
los operadores del sector a tomar nota de esta modificación normativa y a
proceder con los recaudos necesarios para su correcta aplicación. Asimismo,
reiteró su compromiso de brindar un servicio eficiente, ágil, con calidad y
calidez a nacionales y visitantes. // Fuente: AEP / DC

