La Cámara de Senadores aprobó este miércoles la Ley de diferimiento de créditos bancarios y suspensión de embargos y remitió el documento al Ejecutivo para su promulgación.
“La Cámara de Senadores
sanciona el Proyecto de Ley 547 de 2024-2025 C.D., ‘Ley excepcional de suspensión
temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por
créditos de vivienda de interés social y diferimiento de créditos, otorgados
para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño
micro y pequeña’ y lo remite al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales de
promulgación”, informó el ente legislativo a través de sus redes sociales.
El proyecto de ley fue
aprobado por la Cámara de Diputados el 12 de septiembre.
La propuesta plantea que,
por el plazo de seis meses computables a partir de la publicación de la ley, se
suspenden los embargos, remates, desapoderamientos y ejecuciones de sentencias
y otras medidas judiciales vinculadas a estos créditos.
Además, establece que
cualquier actuación contraria es “nula de pleno derecho”.
La norma se aprobó ante
las dificultades que tienen las empresas pequeñas y microempresas para cumplir
con sus obligaciones crediticias a causa de fenómenos climáticos adversos,
conflictos sociales y la situación económica.
Con la ley, se busca
prevenir la pérdida de viviendas o el cierre de negocios pequeños por deudas no
pagadas. // Fuente: ABI