El pleno de la Cámara de Diputados aprobó este jueves el proyecto de ley que garantiza el principio de preclusión para los procesos electorales y lo remitió al Senado para su revisión; en tanto aplazó el debate del proyecto sobre binomios paritarios por el rechazo de la oposición y el evismo.
Se trata del proyecto de
Ley 428/2024-2025 “De modificación a las leyes N° 018 del Órgano Electoral
Plurinacional, de 16 de junio de 2010, y N° 026 del Régimen Electoral, de 30 de
junio de 2010”, cuyo objetivo es garantizar el principio de preclusión para los
procesos electorales.
El proyecto inicial fue
presentado por el Órgano Electoral, como mandato del Tercer Encuentro
Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia del 15 de febrero. En el
debate, la propuesta fue ajustada por el pleno de Diputados.
La norma, en su artículo
2, modifica el artículo 2 y su inciso k) de la Ley 026 del Régimen Electoral.
En consecuencia, el
inciso k), referido a la preclusión, señala: “Las etapas y resultados de los
procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, no se revisarán ni
se repetirán, por ninguna autoridad pública, sea legislativa, administrativa o
jurisdiccional, en materia ordinaria; siendo nula de pleno derecho, todos los
actos, resoluciones, sentencia o disposición legal que tenga por finalidad pronunciarse
contra este principio esencial garante del derecho al sufragio de los
ciudadanos y las ciudadanas, y por consecuencia, eludir, impedir o distorsionar
su cumplimiento".
En tanto, el artículo 3
modifica el artículo 2 de la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional que
señala que “el Órgano Electoral Plurinacional es un órgano del poder público
del Estado Plurinacional y tiene igual jerarquía constitucional a la de los Órganos
Legislativo, Ejecutivo y Judicial no pudiendo subordinar sus decisiones a
ningún Órgano del Estado. Se relaciona con estos órganos sobre la base de la
independencia, separación, coordinación y cooperación”.
Y para dar un mayor
respaldo al Tribunal Supremo Electoral (TSE) en su labor, el parágrafo II del
artículo 3 modifica el parágrafo II del artículo 11 de la Ley 018 del Órgano
Electoral Plurinacional.
“Las decisiones del
Tribunal Supremo Electoral, en materia electoral, son de cumplimiento
obligatorio, inapelables e irrevisables, excepto en los asuntos que
correspondan al ámbito de la jurisdicción y competencia del Tribunal
Constitucional Plurinacional; debiendo el Tribunal Constitucional Plurinacional
respetar el principio de preclusión en todas sus decisiones", se lee en el
documento que fue remitido a la Cámara de Senadores para su revisión.
La norma fue aprobada por
mayoría luego de que el diputado Gustavo Vega (MAS) invocara la noción de
suficiente discusión porque el tratamiento superó las cinco horas; sin embargo,
algunos legisladores de la oposición y del evismo lo rechazaron y alegaron que
no se logró el apoyo para la aprobación.
Sin embargo, la directiva
liderada por el presidente de la Cámara de Diputados, Omar Yujra, defendió la
decisión amparada en el reglamento y aseguró que se logró el respaldo necesario
para aprobar la ley.
“Habiéndose aprobado el
proyecto de Ley 428/2024-2025, en sus dos estaciones, en grande y en detalle, y
siendo cámara de origen remítase a la Cámara de Senadores para fines
constitucionales de revisión”, solicitó Yujra, en medio de la oposición de
algunos legisladores.
De hecho, por esa razón
los diputados, el evista Quintín Villazón y el opositor de Comunidad Ciudadana
(CC) Pablo Arizaga, anunciaron, por separado, su rechazo al segundo proyecto de
ley que empezó a tratarse: el 269/2024-2025 de modificaciones a la Ley 1096 de
Organizaciones Políticas.
La propuesta tiene el
objetivo de garantizar la participación de las mujeres en la conformación de
los binomios presidenciales con una modificación del artículo 28 de la Ley
1096.
Por el rechazo de los
legisladores, la mayoría varones, el presidente de la Cámara determinó “aplazar
el tratamiento” del proyecto de ley debido, precisamente, a las “divergencia en
cuanto al contenido y espíritu del proyecto de ley”.
No obstante, Yujra
recordó que esta norma es parte de las iniciativas remitidas por el TSE, como
consecuencia del Tercer Encuentro Multipartidario e Interinstitucional por la
Democracia del 15 de febrero.
“No se refiere a ningún
acuerdo ni elemento de reunión secreta que hubiésemos tenido entre cuatro
paredes, que detrás de la testera hubiésemos definido algo, no”, afirmó ante la
acusación de legisladores como Carlos Alarcón (CC), quien advirtió que con esta
ley se pretende inviabilizar a binomios que no estén conformados por un hombre
y una mujer con miras a las elecciones de agosto.
Alarcón es parte de la
Alianza Unidad que tiene como binomio al empresario y exministro Samuel Doria
Medina y el también exministro José Luis Lupo.
Yujra insistió que la
aprobación de esta ley fue acordada en el encuentro organizado por el TSE y que
fue avalada por “todos los representantes de los diferentes partidos políticos
para que se lleven adelante las elecciones nacionales este agosto de 2025”.
En Diputados ya se
aprobaron, en marzo, las leyes sobre el Sistema de Transmisión y Publicación de
los Resultados Electorales Preliminares y de debate obligatoria con vistas a
las elecciones generales de agosto; sin embargo, hasta la fecha el Senado no
las trata. // Fuente: ABI