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El TSE establece restricciones que entran en vigencia este jueves para la segunda vuelta presidencial

  • 2025-10-16
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Mesa de sufragio del 17 de agosto pasado. Foto archivo

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que a partir de este jueves, en el marco de la segunda vuelta presidencial del próximo domingo 19 de octubre, rigen seis prohibiciones que el ciudadano debe cumplir.

Las restricciones, respaldadas por la Ley del Órgano Electoral (Ley 018) y la Ley del Régimen Electoral (Ley 026), tienen el objetivo de garantizar el normal desarrollo de los comicios y el orden público antes, durante y después de la jornada electoral.

Entre las principales medidas anunciadas se encuentra la prohibición de realizar propaganda electoral, que rige desde las 00:00 del jueves 16 hasta las 18:00 del domingo 19 de octubre.

En este periodo, no se permitirá ningún tipo de manifestación de apoyo o rechazo a las candidaturas, tanto en espacios públicos como en medios de comunicación o redes sociales.

Asimismo, el TSE dispuso la restricción del consumo y venta de bebidas alcohólicas desde las 00:00 del viernes 17 hasta las 12:00 del lunes 20 de octubre. La medida alcanza a domicilios particulares, restaurantes, hoteles, tiendas, cantinas y cualquier otro establecimiento público o privado.

Durante el domingo 19 de octubre, día de la votación, se aplicarán también otras disposiciones.

Prohibición de portar armas: No se podrá portar armas de fuego, blancas o cualquier objeto que ponga en riesgo la seguridad ciudadana. Esta restricción excluye a las Fuerzas Armadas y a la Policía Boliviana, encargadas del resguardo del orden.

Suspensión de reuniones y espectáculos públicos: Desde las 00:00 hasta las 24:00 del día electoral queda prohibida la realización de actos públicos, reuniones o eventos de cualquier índole.

Prohibición de traslado de electores: Se prohíbe trasladar votantes de un recinto electoral a otro por cualquier medio de transporte. Los infractores serán remitidos al Ministerio Público, conforme al artículo 238, inciso i) de la Ley 026.

Restricción vehicular: Se prohíbe la circulación de vehículos particulares, oficiales o de transporte público durante toda la jornada electoral. Solo estarán autorizados los vehículos con permiso del Órgano Electoral, además de los pertenecientes a las fuerzas del orden, ambulancias, unidades de emergencia y medios de comunicación acreditados.

El TSE exhortó a la ciudadanía a cumplir estrictamente estas disposiciones y a participar de manera pacífica y responsable en la segunda vuelta presidencial.

“Estas medidas buscan garantizar el orden, la transparencia y el ejercicio pleno de los derechos democráticos de todos los bolivianos”, señaló el ente electoral.

La institución recordó que el cumplimiento de estas normas contribuye al fortalecimiento de la democracia y al desarrollo seguro de una jornada electoral inédita en la historia política del país. // Fuente: ABI