El viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Gustavo Torrico, criticó a quienes —según dijo— opinan sin conocer la realidad legislativa respecto a la “Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia”.
“¡Dejen de hablar por
hablar, dan vergüenza ajena! ¡La Asamblea Legislativa Plurinacional ni siquiera
ha mandado la denominada Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el
Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia!”, escribió la
autoridad en sus redes sociales.
Torrico agregó con ironía
que “en este país, hablar por demás te da status” y apuntó directamente al Comité Cívico de
Santa Cruz, Beto Astorga, Alejandro Reyes, Freddy López “y otros bocones”.
Por su parte, la
viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, informó en días pasados que el
presidente Luis Arce promulgará la norma una vez que el documento llegue al
Ministerio de la Presidencia, cumpliendo los procedimientos constitucionales.
La Cámara de Diputados
sancionó el pasado jueves la ley que autoriza, de manera temporal, la
importación privada de combustibles con el objetivo de asegurar el suministro
nacional ante posibles contingencias.
“El Ejecutivo aguarda que
la Asamblea remita el documento para su revisión y posterior promulgación.
Hemos dado las autorizaciones para 26 instancias que puedan comercializar
combustible; en este momento seis están realizando la comercialización. Esta
ley va a agilizar los procesos porque el decreto nos limitaba muchas acciones”,
explicó Alcón.
La autoridad precisó que
la norma debe pasar por diferentes instancias antes de llegar al Presidente.
La ley, aprobada en la
última sesión del periodo constitucional 2020–2025, establece un régimen
excepcional de tres meses que permitirá a personas naturales o jurídicas
importar diésel, gasolina y gas licuado de petróleo (GLP) bajo la supervisión
de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
YPFB deberá mantener la
provisión estatal prioritaria e informar con anticipación sus capacidades de
abastecimiento. Si la empresa no cubre la demanda total, los operadores
privados podrán importar o adquirir combustible a un precio diferenciado, en
régimen de libre competencia.
La ANH será responsable
de otorgar la Licencia Excepcional de Importación y Despacho Directo (LEIDD)
mediante una ventanilla digital única, con un plazo máximo de 48 horas hábiles.
Si no se emite respuesta en ese tiempo, se aplicará el principio de silencio
positivo.
Las importaciones
realizadas bajo este régimen estarán exentas del pago del IT y del IVA. Además,
las estaciones de servicio podrán adquirir combustibles a un importador
autorizado o importar directamente desde frontera, con un límite de hasta
19.900 litros de diésel por operación.
Para garantizar la
transparencia, la ANH implementará un sistema de monitoreo GPS en tiempo real,
publicará diariamente los datos de importación y fiscalizará la calidad de los
combustibles. Las infracciones, como acaparamiento, adulteración o
especulación, serán sancionadas con multas, suspensión de licencia y, en su
caso, denuncia penal.
La norma tendrá una vigencia excepcional de tres meses, contados a partir de su promulgación, con el objetivo de garantizar el abastecimiento nacional de carburantes. // Fuente: ABI

