Tras un gabinete virtual dirigido por el presidente Rodrigo Paz desde Estados Unidos, el Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5727, que declara de prioridad del Órgano Ejecutivo la reorganización, disolución y/o liquidación de las empresas públicas del nivel central del Estado. La disposición establece una ruta basada en diagnósticos técnicos para definir el futuro de cada entidad.
El decreto dispone que estos procesos se desarrollarán con base en el diagnóstico elaborado por la Oficina Técnica para el Fortalecimiento de la Empresa Pública (OFEP) y aprobado por el Consejo Superior Estratégico de la Empresa Pública (COSEEP), en cumplimiento de la Ley 1755 de Modificaciones al Presupuesto General del Estado 2026. Una vez aprobada una recomendación de reorganización, el ministerio responsable tendrá hasta 15 días hábiles para gestionar el instrumento normativo que corresponda.
El proceso no implica paralizar operaciones
La norma establece que el inicio de una reorganización no suspenderá las operaciones de las empresas públicas. Asimismo, la determinación de posibles responsabilidades se tramitará de manera paralela e independiente, por lo que los procesos de disolución o liquidación no quedarán suspendidos por investigaciones, auditorías o procesos administrativos.
El Gobierno ya había anticipado que, en el corto plazo, se prevé iniciar el cierre de un grupo de entre ocho y 10 empresas públicas, según informó el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Christian Andrés Morales. La aplicación del Decreto 5727 permitirá definir, a partir de los diagnósticos técnicos y el marco legal de cada entidad, qué empresas serán reorganizadas, disueltas o liquidadas.

