La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ratificó que el Decreto Supremo N.° 5630 se encuentra plenamente vigente y no requiere reglamentación adicional para su aplicación, por lo que las entidades de intermediación financiera deben cumplirlo de manera inmediata. La aclaración surge tras denuncias de consumidores financieros que reportaron el rechazo o condicionamiento de solicitudes de refinanciamiento y reprogramación de créditos bajo el argumento de la inexistencia de una norma complementaria.
La entidad reguladora enfatizó que ningún banco o entidad financiera puede negarse a recibir, evaluar o atender las solicitudes de alivio financiero presentadas por prestatarios cuya capacidad de pago fue afectada por conflictos sociales, bloqueos de caminos y otros eventos adversos registrados en el país. Asimismo, recordó que el Decreto Supremo establece mecanismos como la reprogramación y el refinanciamiento de créditos para los sectores afectados.
La institución informó que, mediante las cartas circulares 1324/2026 y 1345/2026, instruyó a todas las entidades financieras adecuar sus procesos internos y brindar información clara y oportuna a los consumidores financieros. Además, señaló que los usuarios que enfrenten trabas o rechazos indebidos pueden presentar reclamos en los Puntos de Reclamo de las entidades y denunciar los hechos ante las Defensorías del Consumidor Financiero o a través de la línea gratuita 800 103 103.
Finalmente, el ente supervisor aseguró que continuará realizando controles para verificar el cumplimiento del Decreto Supremo N.° 5630 y advirtió que adoptará las medidas correspondientes ante cualquier incumplimiento que vulnere los derechos de los consumidores financieros. // BTV

